Preguntas frecuentes
- Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo. (Plantilla de entre 1 y 49 empleados)
- Cumplir los límites financieros con una facturación inferior anual a 10 millones de euros.
- Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria.
- No tener consideración de empresa en crisis.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea.
- No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No superar el límite de ayudas mínimas (de pequeña cuantía).
Nada, 0, es gratis y sin trucos. Una vez te concedan la ayuda, yo te haya realizado la web y tú estes de acuerdo con el servicio, tendrás que pagar el IVA tal y como indica la convocatoría. Obviamente ese IVA te lo deducirás por lo que el coste es cero
Una vez nos aprueben la subvención el plazo de entre 30 y 90 días.
Contaras con soporte técnico ilimitado mientras te encuenres trabajando con nuestros servicios
Yo me ocuparé de realizar la petición así como, en caso de que te la concedan, de hacer todo el papeleo necesario: memoría, justificación etc etc
El importe de la subvención del Kit Digital dependerá del tamaño de tu empresa:
- Empresas con entre 0 y 2 empleados: 2.000€.
- Empresas de 3 a 9 empleados: 6.000€.
- Empresas de 10 a 50 empleados: 12.000€